REQUISITOS
- Escritura de adquisición del inmueble
- Certificado de tradición y libertad reciente. Art. 67 Ley 1579/2012.
- Recibo de pago de impuesto predial del año en curso. “Cancelado y en original”. Art.43. Decreto 960/70 Art. 2.2.6.1.2.1.19 Decreto 1069/2015.
- Paz y salvo de valorización para Bogotá (IDU) a la fecha. “En original”. Art.43. Decreto 960/70 Art. 2.2.6.1.2.1.19 Decreto 1069/2015.
- Copia de la escritura de tradición. (Art.32. Decreto 960/70. – Art. 756 CC).
- Fotocopias de las cédulas de ciudadanía de todos los que participan en el acto.
- Paz y salvo administración (si está sometido a propiedad horizontal) el cual debe especificar que se encuentra a paz y salvo por todo concepto, o por expensas comunes. Art. 29 Ley 675/2001.
- Indagación Afectación a Viv. Fliar. (Comprador).
- Indagación Afectación a Viv. Fliar. (Vendedor).
- Estados civiles contratantes.
- Para los predios fuera de Bogotá: Paz y salvo predial, valorización y departamental (cuando es del caso) en original. Art.43. Decreto 960/70 Art. 2.2.6.1.2.1.19 Decreto 1069/2015.
- Si la persona natural no va a actuar en nombre propio, su apoderado, deberá anexar el poder especial (debidamente autenticado) o general (con certificado de vigencia reciente), el cual será verificado por la notaría. Art. 36 Decreto 2163/70.
- En caso de que algunos de los otorgantes sea una persona jurídica, deberá adjuntar certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio. En caso de necesitarse, debe presentar acta de junta de socios o de asamblea de accionistas. Art. 117 del Código de Comercio.
- Si vendedor y comprador son personas jurídicas, se deberá aportar el recibo oficial de pago de la retención en la fuente a cargo del comprador, quien actúa como agente de retención. Art. 65 Ley 2010/2019.
COMPRAVENTA DE DERECHOS HERENCIALES O GANANCIALES A TÍTULO UNIVERSAL
REQUISITOS
1.- Registro civil de defunción del y/o los causantes (copia auténtica). Art. 489 del C.G.P.
2.- Registro civil de matrimonio del y/o los causantes (copia auténtica).). Art. 489 del C.G.P.
3.- Registro civil de nacimiento del y/o los herederos (copia auténtica).). Art. 489 del C.G.P.
4.- Fotocopias de las cédulas de ciudadanía de todos los que participan en el acto.
5.- Si alguno de los participantes no va a actuar en nombre propio, su apoderado, deberá anexar el poder especial (debidamente autenticado) o general (con certificado de vigencia reciente), el cual será verificado por la notaría. Art. 36 Decreto 2163/70.
COMPRAVENTA DE DERECHOS HERENCIALES O GANANCIALES A TÍTULO SINGULAR
REQUISITOS
- Registro civil de defunción del y/o los causantes (copia auténtica). ). Art. 489 del C.G.P.
- Registro civil de matrimonio del y/o los causantes (copia auténtica).). Art. 489 del C.G.P.
- Registro civil de nacimiento del y/o los herederos (copia auténtica).). Art. 489 del C.G.P.
- Registro civil de nacimiento de los vendedores.
- Fotocopias de las cédulas de ciudadanía de todos los que participan en el acto.
- Si alguno de los participantes no va a actuar en nombre propio, su apoderado, deberá anexar el poder especial (debidamente autenticado) o general (con certificado de vigencia reciente), el cual será verificado por la notaría. Art. 36 Decreto 2163/70
- Certificado de tradición y libertad reciente. Art. 67 Ley 1579/2012
- Recibo de pago de impuesto predial del año en curso. “Cancelado y en original”. Art.43. Decreto 960/70 Art. 2.2.6.1.2.1.19 Decreto 1069/2015.
- Paz y salvo de valorización (IDU) a la fecha. “En original”. Art.43. Decreto 960/70 Art. 2.2.6.1.2.1.19 Decreto 1069/2015.
- Copia de la escritura de tradición. (Art.32. Decreto 960/70. – Art. 756 CC).
- Para los predios fuera de Bogotá: Paz y salvo predial, valorización y departamental (cuando es de los casos) en original. “En original”. Art.43. Decreto 960/70 Art. 2.2.6.1.2.1.19 Decreto 1069/2015.
COMPRAVENTA CON SUBSIDIO MILITAR
REQUISITOS
- Certificado de libertad y tradición
- Paz y salvo de impuesto predial
- Escritura adquisitiva original
- Datos de vendedor y comprador.
- Copia de contrato de compraventa aprobado por la caja promotora de vivienda militar donde especifique el valor de la venta, de cesantías, de subsidio, etc.
- Si es casado copia de la cédula de la cónyuge